Ciudad de México. La Secretaría de Gobernación publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación el protocolo que regula la activación de la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas, la cual ahora se enviará de manera inmediata, automatizada y simultánea a todas las autoridades competentes del país.
El documento establece que la desaparición de una persona exige una actuación urgente y coordinada para garantizar el derecho a la verdad, el acceso a la justicia y una búsqueda efectiva.
Uno de los puntos clave es que la alerta no tendrá caducidad: permanecerá activa indefinidamente hasta que la localización de la persona sea confirmada oficialmente.
¿Cómo se activará?
La Ficha de Búsqueda será remitida por la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) de forma automática a fiscalías especializadas, comisiones locales, autoridades de los tres niveles de gobierno, así como a instancias del sector privado y social.
Cada ficha digital deberá contener:
- Nombre completo
- Edad, sexo y género
- Fotografía reciente
- Fecha y lugar de desaparición
- Señas particulares
- Condición de vulnerabilidad (si existe)
- Datos de contacto
- Folio Único de Identificación
El registro podrá realizarse a través del portal del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, vía telefónica o por WhatsApp. Sin embargo, si no cumple con los requisitos mínimos que marca la ley, no procederá la emisión de la ficha.
Coordinación inmediata
Las fiscalías deberán abrir expediente, realizar búsquedas en sus bases de datos y solicitar colaboración a hospitales, Cruz Roja, centros de rehabilitación e instituciones públicas y privadas.
También podrán activar mecanismos como Alerta AMBER, Protocolo Alba o incluso la Ficha Amarilla de INTERPOL, dependiendo del caso.
Si la persona desaparecida es migrante extranjera, se pedirá apoyo al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Difusión masiva en todo el país
El protocolo contempla que la información sea difundida públicamente a nivel nacional por todos los medios disponibles, salvo que exista una razón justificada para no hacerlo.
La ficha también podrá enviarse a:
- Instituciones financieras
- Empresas de transporte terrestre, aéreo y marítimo
- Sector turístico
- Restaurantes y tiendas de conveniencia
- Cadenas de autoservicio
- Empresas de alimentos y lácteos
- Sistemas de salud públicos y privados
La intención es ampliar el alcance y acelerar la localización.
Habrá sanciones
El documento advierte que los servidores públicos o particulares que incumplan con las obligaciones del protocolo podrán ser sancionados conforme a la ley, incluyendo responsabilidades administrativas, civiles o penales.
Además, el protocolo será evaluado al menos cada seis meses por la CNB, con mecanismos de participación de familias de personas desaparecidas.
¿Qué cambia con este nuevo protocolo?
La principal diferencia es la automatización y simultaneidad en el envío de la alerta, así como la eliminación de cualquier límite de tiempo para su vigencia.
En un país donde la desaparición de personas es una crisis constante, el nuevo esquema busca reducir tiempos de reacción y fortalecer la coordinación nacional.
La pregunta ahora es: ¿será suficiente para mejorar los resultados en la localización de personas desaparecidas?


