Ciudad de México. Una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación encendió el debate nacional: ahora la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podrá bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial, sin intervención del Ministerio Público e incluso sin solicitud de autoridades extranjeras.
El cambio de criterio abre la puerta a que, ante indicios de delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, las autoridades actúen de forma inmediata para frenar movimientos sospechosos dentro del sistema financiero.
La ministra Lenia Batres Guadarrama defendió la medida al señalar que los criterios anteriores permitieron que miles de cuentas fueran desbloqueadas sin revisar a fondo los indicios. Entre 2018 y 2025, según datos expuestos en el Pleno, se liberaron más de 32 mil millones de pesos tras juicios de amparo.
Con seis votos a favor y tres en contra, el máximo tribunal respaldó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf y declaró constitucional el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite incluir a personas en la lista de bloqueados por motivos de origen nacional.
Los ministros que apoyaron la resolución coincidieron en que el congelamiento de cuentas no debe considerarse un castigo penal, sino una medida preventiva para evitar que recursos de origen ilícito sigan circulando.
Sin embargo, la decisión no fue unánime y generó fuertes cuestionamientos dentro del propio Pleno.
La ministra Yasmín Esquivel advirtió que esta facultad podría abrir la puerta a abusos si no se establecen límites claros, como las causas específicas del bloqueo o su duración. En su postura, permitir este tipo de acciones sin controles estrictos pone en riesgo la seguridad jurídica de los ciudadanos.
Otros ministros señalaron que congelar cuentas con base en sospechas podría tener efectos similares a una sanción penal, afectando directamente a personas o empresas sin que exista una resolución definitiva.
Del lado contrario, quienes respaldaron el proyecto argumentaron que el contexto actual exige respuestas más rápidas frente a la delincuencia organizada, que hoy puede mover recursos en segundos con solo una operación digital.
Además, se subrayó que la ley contempla el derecho de audiencia, lo que permite a los afectados defenderse legalmente y buscar el desbloqueo de sus recursos.
Uno de los casos que influyó en la discusión fue el de una empresa vinculada al presunto sobrino de Ismael “El Mayo” Zambada. En este asunto, la Corte negó el amparo solicitado para liberar sus cuentas, al considerar que existían indicios suficientes para mantener el bloqueo.
Con esta resolución, también quedaron atrás criterios anteriores que exigían la intervención de autoridades extranjeras para validar estos bloqueos, lo que, según algunos ministros, limitaba la capacidad del Estado mexicano para actuar con autonomía.
La decisión marca un antes y un después en el combate a delitos financieros en México, pero también deja abierta una pregunta que inquieta a muchos: ¿hasta dónde puede llegar la autoridad sin vulnerar derechos?


