Suprema Corte frena a Hermosillo: no podrá tomar posesión de casas abandonadas

El máximo tribunal del país anuló disposiciones clave del reglamento municipal al considerar que invadía facultades del Congreso y ponía en riesgo el derecho de propiedad.

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HERMOSILLO.— Una decisión tomada desde el máximo tribunal del país impactará directamente en miles de propiedades en la capital sonorense. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el Ayuntamiento de Hermosillo se excedió al intentar regular inmuebles abandonados mediante un reglamento municipal.

El fallo corresponde a la Controversia Constitucional 309/2024, resuelta el pasado 7 de abril de 2026, y deja claro que los municipios no pueden intervenir de esa forma en propiedades privadas.

¿Qué buscaba hacer el reglamento?

El Ayuntamiento pretendía ir más allá del simple ordenamiento urbano. Entre sus propuestas estaban:

  • Declarar el abandono de viviendas y terrenos
  • Asumir la posesión de esos inmuebles
  • Permitir que terceros los habitaran, incluso de forma temporal
  • Utilizarlos para servicios públicos o generar ingresos

Esto incluía contratos, asignaciones y cobros por el uso de propiedades privadas.

¿Por qué lo frenó la Corte?

El tribunal fue directo: el municipio invadió facultades que no le corresponden.

Aunque los ayuntamientos sí pueden intervenir en temas como:

  • Uso de suelo
  • Desarrollo urbano
  • Ordenamiento territorial

No pueden:

  • Tomar posesión de bienes privados
  • Autorizar que terceros usen propiedades ajenas
  • Crear mecanismos que afecten derechos constitucionales

La Corte advirtió que el reglamento ponía en riesgo:

  • El derecho de propiedad
  • La seguridad jurídica
  • El principio de legalidad

Artículos que quedaron sin efecto

El fallo invalidó partes clave del reglamento, entre ellas:

  • Artículo 15: permitía al Ayuntamiento asumirse como poseedor
  • Artículos 3 y 10: autorizaban uso público o vivienda temporal
  • Artículo 8: relacionado con la posesión
  • Artículos 11 y 12: sobre contratos, pagos y desocupación

Estas disposiciones fueron consideradas un exceso de autoridad.

¿Qué sí sigue vigente?

No todo fue eliminado. La Corte mantuvo válidas algunas facultades administrativas, como:

  • Declarar el abandono de inmuebles
  • Acciones vinculadas al ordenamiento territorial

Se mantienen artículos como el 1, 2, 4, 5, 7, 9, 13 y 14 del reglamento.

Lo que significa para los ciudadanos

La resolución deja una idea clara:

El gobierno municipal no puede quedarse con tu propiedad, aunque esté abandonada.

En términos prácticos:

  • Tu patrimonio está protegido frente a reglamentos locales
  • Solo el Congreso estatal puede legislar sobre estos temas
  • Cualquier acción debe seguir procesos legales formales

Un punto adicional: información y seguridad nacional

La Corte también recordó que la información en manos de autoridades es pública por regla general, según la Constitución.

Además, subrayó que temas como la seguridad nacional:

  • No pueden ser definidos por estados o municipios
  • Deben regirse por leyes federales

En pocas palabras

  • Hermosillo no podrá tomar posesión de casas abandonadas
  • Se invalidaron artículos clave del reglamento municipal
  • Se refuerza el derecho a la propiedad privada
  • Sí se permiten declaratorias de abandono, pero con límites claros
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