Vigilar, perseguir o insistir sin consentimiento ahora puede llevarte a prisión: Ley Valeria

La reforma aprobada por la Cámara de Diputados tipifica el acecho como delito federal, aumenta sanciones por acoso sexual y establece prisión y multas que pueden superar los 65 mil pesos.

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La aprobación de la llamada Ley Valeria marca un antes y un después en el combate a la violencia contra las mujeres en México. Con las reformas avaladas por la Cámara de Diputados, el acecho se convierte oficialmente en delito federal, endureciendo penas de prisión y elevando considerablemente las multas económicas.

El mensaje del Congreso es contundente: la violencia que intimida, persigue o controla también es delito.

¿Qué castiga la Ley Valeria?

La reforma modifica diversas disposiciones del Código Penal Federal y establece nuevas sanciones para tres conductas clave:

Acecho (nuevo delito federal)

El acecho se define como la vigilancia, persecución o intentos reiterados de contacto sin consentimiento cuando estas acciones alteren la vida cotidiana, seguridad o tranquilidad de la víctima.

  • Prisión: de 1 a 4 años
  • Multa: hasta 400 días multa (con posibilidad de llegar a 600 en ciertos dictámenes)

Esto significa que conductas como seguir constantemente a una persona, esperarla fuera de su trabajo o enviar mensajes insistentes pese a la negativa podrían ser castigadas penalmente.

Acoso sexual

El acoso sexual también recibe ajustes importantes. Se sancionará a quien realice conductas de naturaleza sexual no consentidas, de manera reiterada o abusando de una posición de poder.

  • Prisión: de 1 a 3 años
  • Multa: hasta 600 días multa

Abuso sexual

Uno de los cambios más relevantes es que el abuso sexual se perseguirá de oficio, es decir, ya no será indispensable que la víctima presente denuncia directa para que las autoridades actúen.

  • Prisión: de 3 a 7 años
  • Multa: de 200 a 500 veces el valor diario de la UMA

¿A cuánto equivalen las multas en pesos?

Las leyes en México utilizan como referencia los días multa y la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para fines informativos, el valor diario de la UMA vigente en 2025 es de $108.57 pesos.

Equivalencias estimadas

Acecho

  • 400 días multa: aproximadamente $43,428 pesos
  • 600 días multa: aproximadamente $65,142 pesos

Acoso sexual

  • Hasta 600 días multa: alrededor de $65,142 pesos

Abuso sexual

  • 200 UMA: aproximadamente $21,714 pesos
  • 500 UMA: aproximadamente $54,285 pesos

Cabe señalar que el juez puede ajustar los días multa dependiendo del ingreso diario del agresor.

¿Las sanciones pueden aumentar?

Sí. Las penas pueden incrementarse hasta en una tercera parte cuando existan agravantes como:

  • Uso de violencia física
  • Que la víctima sea menor de edad
  • Relación de confianza, jerarquía o autoridad
  • Reincidencia

En estos casos, tanto la prisión como las multas podrían elevarse significativamente.

Reparación integral del daño

La reforma no solo contempla cárcel y sanciones económicas. También establece la obligación de garantizar la reparación integral del daño, que incluye:

  • Atención psicológica especializada
  • Tratamiento hasta la recuperación total
  • Pago de gastos derivados del daño acreditado

Este punto busca que la justicia no se limite al castigo penal, sino que atienda las consecuencias reales que enfrentan las víctimas.

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